sustrai - 26/05/2012
La Mancomunidad de Sakana, con el concurso de casi la totalidad de los ayuntamientos
que la forman, ha presentado sus consideraciones a las consultas
previas para la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental del proyecto para la incineración de residuos en la planta de Cementos Portland de Olazagutía (documento PDF, 2,8 Mb). En la alegación, realizada en colaboración con Sustrai Erakuntza
y con el apoyo de otros colectivos y personas, solicita al Gobierno de
Navarra que suspenda el procedimiento y deje sin efecto toda la
tramitación realizada hasta ahora. Presentamos a continuación un resumen
de las razones para dicha alegación, mientras que el texto completo de la alegación puede ser obtenido en formato PDF (226 Kb).
La Mancomunidad de Sakana acordó en su última asamblea general
presentar alegaciones al procedimiento de consultas previas para la
elaboración del Estudio de Impacto Ambiental del proyecto de incineración de residuos
en la planta de Cementos Portland. Cabe recordar que la cementera
presentó a principios de abril una propuesta para incinerar residuos que
sustituyan en parte al combustible actual (pet-coque). En ella,
solicitaba la autorización para quemar lodos y desechos de papeleras, combustible derivado de residuos y residuos de caucho y plástico, con un total de 36.500 toneladas al año.
Desde la Mancomunidad se argumenta que en Sakana se "ha manifestado,
de forma mayoritaria, la oposición a la incineración de residuos en el
proceso de fabricación de cemento", afirmando que " es la forma más insostenible y peligrosa
de tratar los residuos, y genera emisiones contaminantes y tóxicas que
perjudican gravemente la salud". En la alegación se esgrimen razones
jurídicas, sociales, técnicas, medioambientales y sanitarias, destacando
que otras zonas de Navarra también se han opuesto a la instalación de
incineradoras. "Consideramos que tenemos la misma legitimidad que ellos
para expresar nuestra oposición y el mismo derecho".
Al respecto, se rechazan los argumentos de la empresa cementera que
vinculan su actividad y el mantenimiento del empleo a la incineración.
"Incinerar no es fabricar cemento, y el ingreso extra que le supondría a
la empresa la incineración de residuos tampoco asegura el mantenimiento
de los puestos de trabajo", afirma el presidente de la Mancomunidad,
Aitor Karasatorre, abogando por combustibles limpios y tecnologías que faciliten la reutilización y el reciclaje de los materiales.
"No podemos hipotecar el desarrollo futuro de nuestros pueblos con un
proyecto como el que pretende llevar adelante Cementos Portland. Lejos
de solucionar los problemas económicos de la comarca, los agravan al
socavar la base de otras actividades como la agroganadera o el turismo, a
las que afectará gravemente", observa.
Entre las razones jurídicas a la oposición al
proyecto, en la alegación se destaca que el proyecto no cumple la
Directiva Europea ni el ordenamiento jurídico español por la "falta de participación ciudadana a través del acceso en plazos adecuados a una información exhaustiva y fidedigna del proceso planificador" y la inexistencia de alternativas, avalando estos argumentos con sentencias de diferentes tribunales.
En el caso de las razones técnicas, se dice que el 82% de los residuos a quemar no son renovables,
mientras que no se cita la cantidad de biomasa que se incineraría
(residuo para el que ya disponen de autorización). De este modo, los
alegantes creen que la petición de dicha autorización fue un mero
tramite para "conseguir que la empresa se constituyera en gestor de
residuos, y que se legalizaran e integraran unas instalaciones de
incineración ya construidas en la planta".
Los alegantes opinan así mismo que, el solicitar esta autorización para incinerar residuos es solo un paso previo
para conseguir posteriormente la autorización de incinerar residuos aun
mas peligrosos, tal y como afirmó el Director de la empresa en la Junta
de Accionistas del año 2011. "Creemos que la intención real de la
empresa es conseguir una mayor sustitución de combustibles que el 24,12%
que presenta en la memoria. Todas las cementeras han seguido la
estrategia de ir solicitando cada vez mayor cantidad de residuos para su
incineración. Cementos Lemona, por ejemplo ha alcanzado ya un
porcentaje de sustitución cercano al 60%", observa Karasatorre.
Por otra parte, también presentan la duda de si la infraestructura
prevista pudiera ser considerada como de valorización de residuos, dado
que en el documento no se indica la fuente de la que provienen los datos
del poder calorífico de los residuos. "Es necesario
que se determine la procedencia de dichos datos, que deberá ser la
medición directa del poder calorífico en los residuos que se pretenden
incinerar, y no datos estimados o de otras fuentes".
¿Por qué solo se le puede dar ese destino a los residuos que se
pretenden incinerar, y no otros?, es una pregunta que también se hace en
la alegación. "El hecho de que se estén empleando residuos diversos
como combustible, reduce e hipoteca otras posibles formas de utilización
futuras, suprimiendo un posible nicho de oportunidad para la reutilización y el reciclaje de estos materiales". Así, en la alegación se realiza una apuesta a favor de un sistema de gestión que disminuya la cantidad de basuras,
citando como ejemplo el sistema de recogida Puerta a Puerta. Por otra
parte, también se informa de que no todos los residuos que se pretenden
incinerar reducen la producción de gases de efecto invernadero.
En el documento presentado por Cementos Portland no se realiza un análisis adecuado de la calidad del aire,
según los alegantes. Por ello, solicitan una análisis profundo de la
meteorología de Sakana, y su impacto en la dispersión de los
contaminantes atmosféricos. Así mismo, también alegan que en el
documento de la cementera se ha minusvalorado el impacto sobre las aguas superficiales y subterráneas.
En el documento de Cementos Portland se analizan las afecciones al
Parque Natural de Urbasa-Andia, pero no se mencionan los de
Aizkorri-Aratz y Aralar. Así mismo, a la hora de analizar la valoración
efectuada de los impactos sobre el medio ambiente, no se señalan las
razones que justifican los criterios de valoración empleados.
Finalmente, la valoración efectuada a los impactos sobre las aguas
superficiales y subterráneas son contradictorios.
En lo que hace referencia a la medición de la emisiones
contaminantes, los alegantes creen que se propone un sistema muy
limitado, realizándose de manera periódica, en momentos determinados del funcionamiento de la planta. Por esta razón, proponen que la realización de estas mediciones se realice de manera continua.
Finalmente, se informa de que el Plan Integrado de Gestión de los Residuos de Navarra (PIGRN) no permite la incineración de residuos en cementeras,
ni lo permite realizar en la zona en la que se asienta Cementos
Portland. También se debería analizar la zona que pudiera verse afectada
por los impactos relacionados con la nueva actividad de Cementos
Portland, que es superior a la presentada. Así mismo, también se cree
preciso analizar el estado de algunos aspectos condicionados por esta
actividad, como la sanidad, la agricultura y ganadería...
Texto adaptado de Diario de Noticias, junto con párrafos traducidos de Guaixe (euskeraz).
Sustrai Erakuntza
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